Producto de un accidente, ocurrido en diciembre de 2018, el deportista sufrió la fractura de cuatro vértebras y un hematoma muscular que lo dejó dos meses en reposo absoluto.
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena al Club Ciudad de Buenos Aires, que deberá indemnizar a un jugador amateur tras un accidente sufrido durante un partido en sus instalaciones. La Justicia entendió que la institución no cumplió con su “deber de seguridad”, al permitir que el campo de juego presentara condiciones peligrosas para quienes lo utilizaban.
El hecho ocurrió en diciembre de 2018, cuando Santiago M.P.R. se lesionó de gravedad al enganchar su pie en una rotura “imperceptible” de la alfombra de césped sintético, que se encontraba despegada del suelo. La caída lo llevó a impactar “violentamente contra una columna de hierro mal protegida”, situada peligrosamente cerca de la cancha. Producto del accidente, el jugador sufrió la fractura de cuatro vértebras y un hematoma muscular que lo dejó dos meses en reposo absoluto.
Tanto la aseguradora del club, SMG Compañía Argentina de Seguros S.A., como la defensa legal de la entidad, intentaron desligar responsabilidades alegando que se trataba de un “riesgo propio” del fútbol como deporte de contacto.
Sin embargo, la jueza Mariana Callegari y los camaristas María Isabel Benavente y Guillermo González Zurro rechazaron esa postura, y remarcaron la existencia de un “vínculo contractual” con una “obligación de seguridad” por parte del club.
El fallo sostiene que quien alquila la cancha debe garantizar instalaciones “en buenas condiciones” y libres de “factor adicional de peligrosidad”, respaldándose en la Ley de Defensa del Consumidor y el artículo 42 de la Constitución Nacional.
Aunque se reconoció una incapacidad física permanente del 16,4%, la Cámara Civil redujo el resarcimiento por daño moral de $3.250.000 a $2.000.000.
La suma total de la indemnización, que incluye también otros conceptos como gastos médicos e incapacidad sobreviniente, se actualizará con intereses desde el momento en que ocurrió el accidente. (Fuente: Doble Amarilla)