Costosa caída para un salón de fiestas

Una mujer de Roca sufrió una fractura de cadera al caer en el cumpleaños de su nieta. La Justicia ordenó al salón pagarle una indemnización millonaria por los daños.


Una mujer de Roca sufrió una fractura de cadera al caer en el cumpleaños de su nieta. La Justicia ordenó al salón pagarle una indemnización millonaria por los daños.



La tarde transcurría entre canciones, risas infantiles y fotos familiares. Era el cumpleaños de su nieta y ella, de 62 años, había llegado temprano para ayudar con los preparativos. Pero unos pasos dentro del salón de fiestas de Roca lo cambiaron todo: resbaló en una zona mojada del piso y cayó con fuerza. El dolor fue inmediato y los estudios posteriores confirmaron lo peor: había sufrido una fractura de cadera.

El accidente ocurrió en un salón que prestaba servicios completos de eventos sociales. Había comida, bebidas y una circulación constante de personas. Nadie había advertido el líquido en el piso. Nadie pudo evitar la caída. Lo que siguió fueron días de dolor, una cirugía de reemplazo total de cadera y una vida marcada por el miedo.

Después de la operación, la mujer reorganizó su vida. Su casa tuvo que ser adaptada, dejó las actividades recreativas con su familia, y depende de otros para bañarse o salir a la calle. Un peritaje médico determinó que sufre una incapacidad parcial y permanente. La pericia psicológica sumó otros datos: deterioro en la autoestima, angustia y ansiedad ante la posibilidad de volver a caer.

El golpe no solo fue físico. Lo emocional y lo social también quedaron marcados. “Cambió todo”, resumió una persona cercana al momento de declarar en el juicio.

La mujer inició una demanda civil contra la responsable del salón de eventos. En la causa judicial, se presentaron seis testigos. Cinco coincidieron: el piso estaba mojado. Algunos vieron el líquido; otros, la caída sin posibilidad de reacción.

La jueza que intervino analizó las pruebas, las pericias y los testimonios. Señaló que el salón tenía una obligación legal de seguridad. Encuadró el caso en el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor y remarcó que la víctima estaba protegida por esa normativa, aunque no hubiese contratado el servicio directamente.

La sentencia fue clara: el lugar no garantizó condiciones seguras. La mujer, jubilada y con una rutina alterada de forma profunda, merecía una reparación integral. Así, la Justicia condenó al salón de fiestas a pagarle una indemnización millonaria, con intereses desde el día del accidente y una tasa del 8% anual. (Fuente: RioNegro.com.ar)