La SSN Concede Apelaciones a La Nueva y Galeno Seguros

Es en relación a las Resoluciones 2026-252-APN-SSN#MEC y 2026-255-APN-SSN#MEC dictadas por el organismo de control oportunamente


Es en relación a las Resoluciones 2026-252-APN-SSN#MEC y 2026-255-APN-SSN#MEC dictadas por el organismo de control oportunamente



En una jornada clave para el control regulatorio del sector, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) formalizó el traslado al ámbito judicial de dos de los conflictos más resonantes del mercado. Mediante las Resoluciones 305 y 306, firmadas el miércoles 15 de julio de 2026 por el superintendente Guillermo Plate, el organismo de control concedió los recursos de apelación interpuestos por La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada y Galeno Seguros S.A..   

Ambos expedientes, que tuvieron su origen en sanciones dispuestas el pasado 12 de junio de 2026, serán ahora definidos por la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial.   

La Nueva Cooperativa de Seguros: Revocación en Suspenso, pero con Cuentas Congeladas

La situación de La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada atraviesa horas decisivas. El pasado 12 de junio de 2026, la SSN dictó la Resolución RESOL-2026-252-APN-SSN#MEC, disponiendo la revocación de su autorización para operar, lo cual implica su disolución automática y posterior liquidación forzosa bajo los términos de la Ley N° 20.091. En esa misma medida, el organismo extendió el alcance de la inhibición general de bienes de la aseguradora para bloquear la totalidad de sus cuentas bancarias, incluyendo cuentas corrientes y billeteras virtuales.   

Frente a este escenario, la cooperativa interpuso un recurso de apelación en los términos del artículo 83 de la Ley N° 20.091. A través de la nueva Resolución RESOL-2026-305-APN-SSN#MEC, la SSN resolvió lo siguiente:   

  • Conceder el recurso de apelación con efectos mixtos: La apelación se concedió con efecto suspensivo respecto de la revocación de la matrícula, pero con efecto devolutivo en lo referente al congelamiento de las cuentas y billeteras virtuales. Esto significa que la liquidación forzosa queda temporalmente frenada a la espera de la decisión judicial, pero el bloqueo de sus canales financieros sigue plenamente activo.   

  • Rechazar la prueba ofrecida: La SSN desestimó las pruebas presentadas por la cooperativa por considerarlas extemporáneas, de acuerdo con el artículo 82 de la Ley N° 20.091.   

  • Ratificación de la Gerencia de Asuntos Jurídicos: El dictamen jurídico del regulador concluyó que los agravios expresados por La Nueva no poseen la entidad suficiente para desacreditar la resolución que revocó su autorización.   

La Clave para La Nueva: El efecto suspensivo le da un respiro legal a la cooperativa para no disolverse de inmediato, pero el efecto devolutivo mantiene la asfixia financiera sobre sus cuentas y billeteras virtuales.   

Galeno Seguros: Apelación Admitida por una Multa Millonaria

Por su parte, a Galeno Seguros S.A.también se le concedióla apelación a la multa que le fuera impuesta también el 12 de junio de 2026 mediante la Resolución RESOL-2026-255-APN-SSN#MEC. En dicho acto administrativo, la SSN le aplicó una multa de $28.388.634,09, encuadrada en el artículo 58 inciso c) de la Ley N° 20.091.   

La aseguradora presentó formalmente su apelación el 7 de julio de 2026. Mediante la Resolución RESOL-2026-306-APN-SSN#MEC, el regulador determinó:   

  • Conceder la apelación en ambos efectos: A diferencia del caso anterior, el recurso de Galeno fue concedido "en relación y en ambos efectos". Al poseer efecto suspensivo, la aseguradora no estará obligada a abonar la millonaria multa hasta tanto no se expida la justicia comercial.   

  • Desestimar las pruebas por extemporáneas: Al igual que con La Nueva, la SSN aplicó el artículo 82 de la Ley N° 20.091 para rechazar las pruebas ofrecidas por Galeno por haber sido presentadas fuera de término.   

  • Respaldo del dictamen jurídico: La Gerencia de Asuntos Jurídicos del organismo ratificó que los argumentos de la compañía de seguros carecen de sustento para descalificar la multa impuesta originalmente.   

Comparativa de las Resoluciones (15 de Julio de 2026)

Aseguradora
Resolución SSN de Apelación
Medida Original Impugnada (12 de Junio)
Efecto de la Apelación Concedida
Resolución de la Prueba Ofrecida
Destino de las Actuaciones
La Nueva Cooperativa de Seguros Ltda.

RESOL-2026-305-APN-SSN#MEC  

Revocación de licencia e inhibición total de cuentas y billeteras virtuales  

Suspensivo para la revocación / Devolutivo para la inhibición de cuentas  

Rechazada por extemporánea (Art. 82, Ley 20.091)  

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial  

Galeno Seguros S.A.

RESOL-2026-306-APN-SSN#MEC  

Multa de $28.388.634,09 (Art. 58 inc. c)  

Concedido "en relación y en ambos efectos" (suspende el pago de la multa)  

Rechazada por extemporánea (Art. 82, Ley 20.091)  

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial  

El Criterio del Regulador: Control Judicial Amplio

En los considerandos de ambos documentos oficiales, el superintendente Guillermo Plate remarcó que es criterio de la SSN "facilitación con la máxima amplitud el control judicial de las resoluciones que dicta".   

Con la firma de estas medidas y el rechazo de las pruebas extemporáneas, el organismo regulador traslada el debate de fondo a la Excelentísima Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. Será la justicia la encargada de determinar si se sostiene la máxima sanción de revocación sobre la histórica cooperativa y si queda firme la penalidad financiera para el holding de salud y seguros. 

Acceda a ambas resoluciones aquí: 

306 SUN BO.pdf

305 SUN BO (1).pdf