La SSN busca dotar de mayor previsibilidad tanto a los asegurados como a las compañías del mercado, eliminando disparidades en la redacción de las pólizas que cubren estas actividades específicas
La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) ha marcado un nuevo hito en la regulación del sector mediante la Resolución 300/2026, la cual establece pautas uniformes para la comercialización de la cobertura de Responsabilidad Civil en el transporte de pasajeros de carácter interjurisdiccional y de oferta libre.
Esta medida busca armonizar el marco contractual para aquellos vehículos automotores que, conforme a las normativas vigentes de la Secretaría de Transporte, no se encuadran bajo la definición estricta de "servicio público".El eje de la normativa: condiciones contractuales unificadas
El núcleo de la resolución dispone que la cobertura de Responsabilidad Civil para los vehículos alcanzados deberá comercializarse aplicando obligatoriamente las condiciones contractuales generales y uniformes definidas en el “Anexo del punto 23.6. inc. a. 2)” del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN Nº 38.708/2014).
Este paso hacia la estandarización busca dotar de mayor previsibilidad tanto a los asegurados como a las compañías del mercado, eliminando disparidades en la redacción de las pólizas que cubren estas actividades específicas.
Impacto normativo y derogaciones
Con la entrada en vigencia de esta disposición, la SSN avanza en una limpieza normativa, derogando regulaciones que habían quedado desactualizadas con el correr de los años. Los instrumentos alcanzados por la derogación son:
Circular SSN Nº 3.449 (1 de noviembre de 1996).
Resolución SSN Nº 26.132 (20 de agosto de 1998).
Inciso b.1) del artículo 3º y los artículos 12, 12 bis y 14 de la Resolución SSN Nº 25.429 (5 de noviembre de 1997).
Consideraciones para el mercado
Es fundamental que los productores y aseguradores presten especial atención al Artículo 4º de la presente resolución. El texto establece que, a partir de su publicación en el Boletín Oficial, no podrán renovarse las coberturas de seguros alcanzadas por esta normativa en iguales términos y condiciones previos.
Esto implica un desafío operativo inmediato para el mercado, que deberá adaptar sus carteras a los nuevos lineamientos contractuales impuestos por la autoridad de control al momento de la renovación.
La resolución, firmada por el Superintendente de Seguros de la Nación, Guillermo Plate, se encuentra disponible para su consulta completa a través del sitio web oficial de la SSN o en su sede central.