Balances: La SSN flexibiliza el cálculo del IBNR

La medida busca alinear el marco local con los estándares internacionales de supervisión basados en riesgos, permitiendo que cada entidad refleje de forma más precisa la realidad de su cartera. Sin embargo, el esquema incluye letra chica: una prueba de fuego semestral y un estricto "candado" sobre la distribución de utilidades para quienes utilicen el beneficio de la amortización gradual.


La medida busca alinear el marco local con los estándares internacionales de supervisión basados en riesgos, permitiendo que cada entidad refleje de forma más precisa la realidad de su cartera. Sin embargo, el esquema incluye letra chica: una prueba de fuego semestral y un estricto "candado" sobre la distribución de utilidades para quienes utilicen el beneficio de la amortización gradual.



La Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) dio un paso decisivo en la regulación técnica del mercado argentino. A través de la Resolución 325/2026, firmada por el Superintendente Guillermo Plate y oficializada en el Boletín Oficial, el organismo fiscalizador habilitó a las compañías de seguros a implementar modelos actuariales propios para calcular la reserva de Siniestros Ocurridos y No Reportados (IBNR).

La medida busca alinear el marco local con los estándares internacionales de supervisión basados en riesgos, permitiendo que cada entidad refleje de forma más precisa la realidad de su cartera. Sin embargo, el esquema incluye letra chica: una prueba de fuego semestral y un estricto "candado" sobre la distribución de utilidades para quienes utilicen el beneficio de la amortización gradual.

Modelos propios para reflejar la realidad del pasivo

Hasta ahora, la determinación del IBNR estaba atada a la fórmula rígida del punto 33.3.5. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (RGAA). A partir de los estados contables cerrados al 30 de junio de 2026, las aseguradoras podrán presentar metodologías alternativas para cualquier ramo o cobertura en el que operen.

La opción sólo estará disponible en los cierres de ejercicio económico anual. Además, la SSN dejó marcadas tres fronteras claras:

  • Supervisión continua: El organismo conserva la facultad de auditar e impugnar el modelo en cualquier momento. De haber objeciones, la compañía deberá volver inmediatamente al método general.

  • Exclusiones: Quedan expresamente inactivadas de este régimen aquellas entidades que se encuentren bajo medidas cautelares (Artículo 86 de la Ley 20.091).

  • Responsabilidad técnica: La metodología debe estar avalada por un Actuario Externo inscripto en el registro de la SSN, quien asumirá la responsabilidad técnica mediante un informe detallado y papeles de trabajo a disposición de la autoridad de control.

Amortización a dos años y candado a los dividendos

Para facilitar la transición desde la norma general hacia los modelos internos, la resolución crea un Esquema de Amortización a dos años para absorción de las diferencias de pasivo. Al 30 de junio de 2026 (o en el ejercicio anual en que ingrese la entidad), la brecha entre la metodología tradicional y la propuesta se expondrá en una cuenta contable específica (con signo negativo) y se ira reduciendo semestralmente bajo una escala decreciente:

  • 1.º semestre: 100% del saldo recalculado.

  • 2.º semestre: 75% del saldo recalculado.

  • 3.er semestre: 50% del saldo recalculado.

  • 4.º semestre: 25% del saldo recalculado.

Aquí radica el punto de mayor impacto patrimonial para los accionistas: mientras esa cuenta de amortización mantenga un saldo registrado, las aseguradoras no podrán distribuir dividendos ni girar remesas de utilidades a casas matrices. En el caso de las cooperativas, deberán capitalizar sus excedentes; las mutuales, incrementar sus fondos de garantía; y las entidades oficiales, destinar las ganancias a capitalización. 

Test de Suficiencia: la prueba semestral con índice de "4 fallas"

La libertad de cálculo no llega gratis. Las aseguradoras deberán someter su modelo a un Test de Suficiencia al 30 de junio y al 31 de diciembre de cada año. Esta prueba compara las estimaciones pasadas contra los siniestros efectivamente pagados (actualizados por el índice FACPCE de inflación) y la variación de la Reserva de Siniestros Pendientes (ajustada por la Tasa Pasiva Comunicado BCRA 14.290).

El resultado del Test de Suficiencia dictará el ritmo de desafectación de las reservas:

  • Resultado Positivo: Otorga un premio a la compañía aumentando en un 25% la capacidad de desafectación respecto del período anterior (hasta un tope del 100%).

  • Resultado Negativo: Aplica un castigo reduciendo un 25% dicha capacidad de desafectación (con piso en 0%).

Si el modelo falla de forma recurrente y acumula cuatro resultados negativos consecutivos, la entidad perderá automáticamente la facultad de aplicar su metodología alternativa. Como sanción, deberá regresar al método tradicional del RGAA por el término de un año antes de intentar presentar una nueva propuesta.

Qué significa para el mercado

Con la Resolución 325/2026, la SSN equilibra la balanza entre dar oxígeno actuarial a los balances y mantener la solvencia del sistema. Para los gerentes financieros y actuarios del sector, la medida representa una herramienta valiosa de gestión de pasivos, pero exige un alto nivel de precisión técnica. Aquellas compañías que busquen aliviar reservas mediante métodos alternativos deberán ponderar muy bien el costo de oportunidad de congelar la salida de dividendos durante al menos dos años frente a la solidez probada de sus modelos matemáticos.

Acceda a la Resolución completa aqu´: 325 BO.pdf